Investigación judicial sobre el origen y tributación de joyas asociadas a José Luis Rodríguez Zapatero
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La Audiencia Nacional ha iniciado una investigación adicional sobre el origen y la tributación de una colección de joyas, valorada en más de 1,3 millones de euros, encontrada en una caja fuerte ubicada en un despacho asociado al equipo del expresidente del Gobierno de España, José Luis Rodríguez Zapatero, en la calle Ferraz. Este hallazgo, surgido de una pesquisa previa sobre el rescate de la aerolínea Plus Ultra, ha llevado a la citación judicial del exmandatario para el 17 de junio, enfrentando posibles cargos relacionados con fraude fiscal y contrabando.
Contexto de la Investigación y Hallazgo Inicial
La investigación principal de la Audiencia Nacional se centra en determinar si José Luis Rodríguez Zapatero recibió pagos a cambio de influir en el rescate de la aerolínea Plus Ultra, operación que implicó más de 50 millones de euros de fondos públicos por parte de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). En el marco de esta pesquisa, el juez José Luis Calama examina, entre otros aspectos, si posibles compensaciones se canalizaron a través de una consultora de sus hijas o si existían planes para establecer una sociedad en Dubái.
El 19 de mayo, a las 8:17 de la mañana, la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Guardia Civil realizó un registro en una oficina vinculada al equipo del expresidente. Durante esta diligencia, se procedió a la apertura de una caja fuerte. Según el acta de los agentes, Gertrudis Alcázar, secretaria de José Luis Rodríguez Zapatero, indicó que en su interior se hallarían joyas, atribuyendo algunas a una herencia de Sonsoles Espinosa, esposa del expresidente, y otras a "regalos de viajes".
El descubrimiento de estas joyas ha generado una línea de investigación complementaria. Un peritaje posterior, solicitado por el instructor, ha establecido que el valor potencial del conjunto de objetos incautados supera los 1,3 millones de euros. A raíz de este informe, José Luis Rodríguez Zapatero ha sido citado para el 17 de junio, no solo para abordar su posible relación con el caso Plus Ultra y Julio Martínez, sino también para responder a las preguntas del tribunal sobre presuntos delitos de fraude fiscal y contrabando relacionados con las joyas.
El magistrado de la Audiencia Nacional ha señalado la necesidad de esclarecer si se abonaron los impuestos correspondientes a estas joyas y determinar su procedencia. El tipo aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según el juez, se estima en un 46% aproximadamente. Asimismo, la ausencia de pago de los aranceles necesarios podría configurar un caso de contrabando.
“La introducción, tenencia o circulación en territorio nacional de joyas cuyo valor global asciende a aproximadamente 1.323.915 euros, sin acreditación del pago de los derechos arancelarios, impuestos especiales o tributos asociados a su importación, constituye un indicio objetivo de que tales bienes pudieron haber accedido al territorio aduanero de la Unión Europea eludiendo los controles y obligaciones fiscales exigibles”, ha declarado el juez Calama.
Análisis de la Procedencia y el Marco Legal
El expresidente deberá detallar ante la autoridad judicial el origen de los relojes, collares y otros efectos encontrados. Su entorno ha manifestado que parte de estos objetos provienen de una herencia familiar de Sonsoles Espinosa y otra parte de "regalos de viajes". Será relevante precisar si dichos obsequios fueron recibidos durante su etapa como presidente del Gobierno.
Durante sus dos legislaturas (2004-2011), José Luis Rodríguez Zapatero mantuvo una extensa agenda internacional. Datos revelados por una solicitud de transparencia de Maldita.es en 2020 sobre el uso del avión presidencial indicaron que el expresidente realizó más de 200 viajes. Específicamente, efectuó 134 vuelos a países extranjeros entre 2004 y 2011, sin incluir cumbres ni consejos europeos. Entre sus destinos, destacan una veintena de visitas a naciones africanas, como Marruecos, Argelia, Senegal y Egipto, y 16 visitas a países asiáticos, como China, Kazajistán, Siria y Arabia Saudí.
En el curso de estos desplazamientos, el entonces presidente se reunió con diversos líderes internacionales. Ejemplo de ello son sus cuatro viajes a Marruecos (2004, 2005, 2007, 2008), donde se entrevistó con el Rey Mohamed VI. También se encontró con el Rey Abdulá bin Abdelaziz de Arabia Saudí en Yeda en 2009 y con el líder interino de Túnez, Fuad Mebaza, en el Palacio presidencial de Cartago en 2011. Este último viaje formó parte de una gira que incluyó Catar, donde negoció acuerdos bilaterales, y Abu Dhabi y Dubái, en Emiratos Árabes Unidos.
Al inicio de su primer mandato en 2004, no existía una regulación específica sobre los regalos recibidos por servidores públicos, incluido el jefe del Ejecutivo. Sin embargo, en marzo de 2005, su propio Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el "Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado". Este código introdujo, por primera vez, una referencia explícita a los obsequios.
El artículo tercero de dicho código, referente a los "principios de conducta", establecía: “Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía o préstamos u otras prestaciones económicas que puedan condicionar el desempeño de sus funciones, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal. En el caso de obsequios de mayor significación de carácter institucional se incorporarán al patrimonio del Estado, en los términos previstos en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente”. Esta orden ministerial estuvo vigente durante la mayor parte del mandato de Zapatero, desde su aprobación en 2005 hasta su salida del Gobierno en 2011.
Implicaciones Fiscales y Opiniones Jurídicas
La determinación del origen y el momento exacto en que las joyas fueron heredadas o recibidas como obsequio será fundamental para establecer la potencial responsabilidad tributaria del expresidente, en caso de existir. Las joyas, si constituyeran una herencia o donación, deberían haber tributado a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este es un tributo progresivo que varía entre el 8% y el 40%, dependiendo del grado de parentesco entre donante y donatario, así como del importe de la cuantía recibida. No obstante, la deuda tributaria prescribe a los cuatro años y el delito a los cinco, o diez años en casos agravados. Sin embargo, la carga de la prueba sobre la fecha de recepción recae en quien alega la prescripción.
Xavier Rubert, socio del bufete Lullius Partners, especializado en derecho tributario, señala que acreditar la fecha de un regalo puede ser “algo muy difícil en joyas entregadas en mano sin rastro documental”.
En ausencia de pruebas documentales que demuestren la prescripción de estas obligaciones fiscales, la Agencia Tributaria podría incorporar el valor de las joyas como ganancias patrimoniales no justificadas a la declaración del IRPF del expresidente. Esto implicaría la aplicación del tipo máximo en la escala de la renta, estimado en el 46%.
Adicionalmente, el valor de las joyas, superior al millón de euros, las situaría en el ámbito del Impuesto sobre el Patrimonio, cuya recaudación corresponde a las comunidades autónomas, o del impuesto temporal para las grandes fortunas, recaudado por el Estado central. Siendo residente en Madrid, el expresidente, al menos, debería haberlas incluido en las declaraciones correspondientes a los ejercicios 2024, 2025 y 2026. La omisión de la declaración de estas joyas podría conllevar el pago de la cuota tributaria, junto con los intereses de demora y una sanción que oscilaría entre el 50% y el 150% de dicha cuota.
Rubén Gimeno, director de Estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas, explica las consecuencias de la defraudación: “Si la cuota defraudada supera los 120.000 euros por impuesto y año, hay delito fiscal: prisión de uno a cinco años y multa de hasta seis veces lo defraudado, que sube de dos a seis años por encima de 600.000 euros o si median testaferros o paraísos fiscales”.
Expertos consultados indican que la apertura de esta nueva línea de investigación podría afectar una posible regularización voluntaria por parte del expresidente, en caso de que las joyas no hubieran sido declaradas previamente. Sin embargo, esta posibilidad se mantendría abierta bajo ciertas condiciones.
José María Peláez, portavoz de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, ha precisado que “mientras no reciba una citación judicial para la investigación de los posibles delitos fiscales, o una citación de la administración tributaria para comprobar su situación, tendría la posibilidad de presentar liquidaciones tributarias, sin ningún tipo de sanción o repercusión penal”.
