Absolución de Miembros de la Comunidad Lof Lafken Winkul Mapu tras Revocación de Sentencias en Caso Villa Mascardi
Fuente original: La Izquierda Diario (extraído automáticamente vía RSS)
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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal revocó recientemente las sentencias previas que habían condenado a seis miembros de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu, en la región de Villa Mascardi, provincia de Río Negro, Argentina, por el delito de "usurpación por despojo". La decisión judicial, emitida en fecha reciente, resultó en la absolución de Betiana Colhuan, Martha Jaramillo, María Ardaiz Güenumil, Romina Rosas, Yessica Bonnefoi y Matías Santana, atendiendo a planteos de la defensa sobre irregularidades procesales.
Antecedentes de Conflictividad Territorial en Villa Mascardi
La comunidad Lof Lafken Winkul Mapu de Río Negro ha sido objeto de diversas acciones estatales y procesos judiciales durante la última década, en el contexto de disputas territoriales en la Patagonia. Este escenario de conflictividad se remonta a varios años atrás, involucrando a diferentes administraciones gubernamentales y poderes judiciales.
Durante la gestión del gobierno de Mauricio Macri, entre 2015 y 2019, se registraron incidentes con comunidades originarias. Un ejemplo de esto fue la desaparición y posterior fallecimiento de Santiago Maldonado en 2017, durante un operativo de Gendarmería en Chubut en el marco de manifestaciones en apoyo a la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia Cushamen y por la libertad de Facundo Jones Huala. Jones Huala había sido previamente detenido bajo un pedido de extradición de Chile.
Posteriormente, en noviembre de 2017, fuerzas federales intervinieron en un predio en Villa Mascardi, ubicado en el kilómetro 2006 de la Ruta Nacional 40 Sur, donde se encontraba la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu. Durante este operativo, que involucró a miembros del Grupo Albatros de Prefectura Naval, se produjeron disparos que resultaron en el fallecimiento de Rafael Nahuel y heridas a Johana Coluhan y Gonzalo Coña. Investigaciones judiciales posteriores derivaron en condenas para algunos prefectos implicados. En aquel momento, la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, difundió un informe denominado "Informe RAM", el cual hacía referencia a la "Resistencia Ancestral Mapuche", planteando hipótesis sobre supuestos riesgos relacionados con la organización.
Acciones Estatales Durante la Administración del Frente de Todos
El conflicto en Villa Mascardi continuó durante la administración del Frente de Todos (2019-2023). En octubre de 2022, un operativo coordinado por el ministro de Seguridad, Aníbal Fernández, involucró a Policía Federal, Gendarmería, Prefectura y Policía de Seguridad Aeroportuaria, con apoyo de la Policía de Río Negro, en la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu.
Este operativo resultó en la detención de varias mujeres y niños. La entonces ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, presentó su renuncia el 6 de octubre de 2022, manifestando su incompatibilidad con las acciones realizadas:
“Los hechos de público conocimiento, en los que se produjeron detenciones de mujeres y niñxs, con participación de fuerzas federales, me resultan incompatibles con los valores que defiendo. El encarcelamiento, la denegatoria de la excarcelación para todas ellas y aún más a una mujer embarazada de 40 semanas, la incomunicación y el traslado a más de 1.500 kilómetros de su lugar de residencia constituyen violaciones evidentes a los Derechos Humanos.”
Por su parte, el ministro Aníbal Fernández declaró públicamente en aquel momento que "no ha habido ninguna clase de represión, ni siquiera un rasguño", atribuyendo el accionar a una orden de la jueza federal de Bariloche, Silvina Domínguez. Sin embargo, relatos de las propias personas afectadas describieron situaciones de violencia. La machi Betiana Colhuan, en un audio de Whatsapp, afirmó:
“Fuimos desalojadas por la fuerza esta madrugada, con los niños, con una bebé de un mes y una bebé de cuatro meses, una mujer embarazada. Fuimos gaseadas dentro de nuestras propias casas, sacadas a la fuerza con nuestros bebés y ahora nos encontramos detenidas. Hemos sido golpeadas, maltratadas y hay niños perdidos en la montaña. La situación está muy grave en este lugar.”
Las detenidas fueron trasladadas a la cárcel de Ezeiza, entre ellas una mujer embarazada de 40 semanas. Además, se denunció que los efectivos habrían realizado amenazas y requisas que implicaron desvestirse, además de la retención de pertenencias culturales.
A raíz de la controversia, se estableció una "mesa de diálogo" entre el Gobierno Nacional y las comunidades mapuche. En junio de 2023, se firmó un acuerdo que incluía demandas de la Lof Lafken Winkul Mapu, aunque las causas penales contra sus miembros permanecieron abiertas.
Desarrollo Judicial y la Decisión de Casación Penal
Los procesos judiciales relacionados con la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu continuaron en los años siguientes. En octubre de 2024, el juez federal de Fiske Menuco (General Roca), Hugo Greca, condenó a siete miembros de la comunidad por "usurpación" de un predio de Parques Nacionales. Las penas en suspenso incluyeron dos años y seis meses de prisión para Johana Coluhan y Gonzalo Coña; dos años y dos meses para Yessica Bonnefoi; y dos años para Martha Jaramillo, María Nahuel, Romina Rosas y Mayra Tapia. Betiana Colhuan fue absuelta en esta instancia por ser menor de edad al momento de los hechos. El juez Greca había sido objeto de sanciones disciplinarias por su trato a defensoras públicas en otras causas.
Meses después, en mayo de 2025, otro juez federal de la misma ciudad, Alejandro Silva, emitió sentencia en la causa iniciada tras el operativo de octubre de 2022. Por "usurpación por despojo", la machi Betiana Colhuan fue condenada a dos años y dos meses; Martha Jaramillo y Romina Rosas a dos años y cuatro meses; María Ardaiz Güenumil (embarazada durante el operativo) a un año; y Yessica Bonnefoi y Matías Santana a dos años y medio. Todas estas condenas fueron en suspenso, lo que permitió su liberación.
La defensa legal de la Lof Lafken Winkul Mapu, a cargo de La Gremial de Abogados, interpuso apelaciones contra estas sentencias. Los reclamos se fundamentaron en el artículo 75 de la Constitución Nacional, la Ley 26.160 y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Gremial de Abogados calificó el proceso como "una de las mayores ofensivas contra los mapuche en más de cien años".
Finalmente, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la sentencia del juez Silva. Los camaristas Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, en un fallo de 69 páginas, reconocieron contradicciones y arbitrariedades en la sentencia del Tribunal de Fiske Menuco. La resolución de Casación coincidió con la defensa en que se habían vulnerado derechos y garantías de las personas imputadas, aspecto que consideró de mayor entidad que el delito de "usurpación".
Tras conocerse la sentencia, la Lof Lafken Winkul Mapu emitió un comunicado, indicando:
“Fuimos enjuiciadas y enjuiciados por usurpación. Culpados de retornar a nuestra propia tierra, la cual hemos heredado legítimamente de nuestros antepasados. Fuimos acusados de ser falsos mapuche, de violentos y de un sinfín de cosas. Quisieron deslegitimar nuestro reclamo territorial; nos persiguieron, nos encarcelaron y buscaron detener nuestra lucha y nuestra conciencia. Pero nosotros siempre llevamos como estandarte de lucha nuestra verdad histórica y milenaria.”
La Gremial de Abogados también se pronunció, señalando sobre el juicio: “Un juicio oral amañado, donde nos impidieron pruebas, y donde nos pusieron todas las trabas imaginables. Ya gobernaba Milei. El juicio fue visto en directo (...) Nada de lo que decimos está inventado.” Y agregaron: “Funcionarios administrativos, judiciales y testigos mostraron un desprecio racista inaudito hacia las imputadas. La orden del Gobierno a los jueces y fiscales era condenar a como fuere y así lo hicieron. Ahora la Cámara de Casación nos dio la razón en todo y dispuso la absolución (...) No tenían otra alternativa porque la brutalidad de la sentencia era evidente.”
