Justicia porteña revoca sobreseimiento de adolescente y aparta a jueza en aplicación de nuevo régimen penal juvenil
Fuente original: La Izquierda Diario (extraído automáticamente vía RSS)
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La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó el sobreseimiento de un adolescente de 14 años y apartó a la jueza Laura De Marinis de la causa, permitiendo la continuidad del proceso bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801).
Esta resolución judicial representa un paso en la implementación del régimen penal juvenil impulsado por el gobierno de Javier Milei. La Cámara revocó la decisión de la jueza De Marinis, quien había declarado inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 específicamente para el caso del adolescente, a quien había sobreseído por una tentativa de robo de un teléfono celular.
Adicionalmente a la revocación del sobreseimiento, la Cámara dispuso el apartamiento de la magistrada del expediente y ordenó el sorteo de un nuevo juez. Esta medida reactiva el debate sobre la aplicación de la edad de punibilidad en el sistema judicial.
La Ley 27.801, aprobada por el Congreso y promulgada en marzo, establece un marco penal para adolescentes de entre 14 y 18 años que sean imputados por delitos contemplados en el Código Penal o leyes penales especiales. La norma entró en vigencia el 5 de septiembre y derogó el régimen anterior, la Ley 22.278.
El Gobierno presentó esta reforma como una herramienta para abordar la problemática del delito juvenil. Una consecuencia de este cambio es que los adolescentes de 14 y 15 años, quienes previamente no eran alcanzados por el sistema penal, ahora quedan bajo un régimen de responsabilidad penal.
Detalles del Expediente Judicial
El proceso judicial se inició a partir de una denuncia contra un adolescente de 14 años por la tentativa de robo de un teléfono celular. El hecho en cuestión no llegó a consumarse.
La jueza De Marinis había declarado inconstitucional la aplicación del artículo 1 de la Ley 27.801 exclusivamente para este caso particular. Su decisión se fundamentó en las circunstancias concretas del adolescente, que incluían su situación de vulnerabilidad socioeconómica, la falta de consumación del robo y el principio de proporcionalidad. La jueza no había declarado inconstitucional la ley en su totalidad, sino que cuestionó su aplicación automática a un adolescente de 14 años en esas circunstancias.
El propio Poder Judicial porteño informó que la resolución de la jueza había aplicado un control de constitucionalidad y convencionalidad sobre el caso concreto, implicando una revisión de la norma frente a la Constitución y los tratados internacionales pertinentes.
Argumentos de la Cámara de Apelaciones
La Fiscalía apeló la decisión de la jueza De Marinis. Ahora, la Sala III de la Cámara, integrada por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca, hizo lugar al recurso y revocó el fallo.
Los magistrados sostuvieron que la jueza De Marinis no había demostrado de manera suficiente que la aplicación de la nueva legislación fuera incompatible con la Constitución Nacional o con tratados internacionales. En este contexto, la Convención sobre los Derechos del Niño establece principios que priorizan los derechos de la infancia, y organizaciones como Unicef se han pronunciado en oposición a la baja de la edad de punibilidad.
La resolución original de la jueza De Marinis había dispuesto comunicar la situación del adolescente al Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que interviniera desde el sistema de protección integral.
El apartamiento de la jueza Laura De Marinis del expediente se produjo después de que el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, cuestionara públicamente la decisión de la magistrada y promoviera un proceso de juicio político en su contra.
