ANMAT Emite Disposición de Restricción para Productos de B&T Química en el Territorio Nacional
Fuente original: Todo Noticias (extraído automáticamente vía RSS)
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha dispuesto la restricción del uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de determinados productos de limpieza y desinfección de la marca B&T Química en todo el territorio nacional, incluyendo las plataformas de comercio electrónico. Esta medida, formalizada mediante la Disposición 6173/2026, se fundamenta en la ausencia del registro sanitario correspondiente para los artículos afectados.
Marco Regulatorio y Alcance de la Disposición
La investigación que condujo a esta determinación se inició tras la recepción de una denuncia formal, complementada por las tareas de fiscalización llevadas a cabo por el organismo regulador. Durante el proceso, se constató que la firma B&T Química promocionaba y comercializaba, a través de diversos canales como su sitio web, redes sociales y plataformas de venta digital, desinfectantes, limpiadores y aromatizantes que carecían de la debida inscripción ante la ANMAT.
La normativa sanitaria argentina exige que los productos de limpieza y desinfección, clasificados como domisanitarios, posean un registro que valide su formulación, las condiciones de manufactura y la seguridad para el consumidor. La ausencia de este registro impide al organismo verificar estos aspectos fundamentales, lo que consecuentemente no permite asegurar la calidad, la seguridad ni la eficacia de los productos en cuestión. Este requerimiento se considera un pilar para la protección de la salud pública, ya que garantiza que los artículos cumplen con los estándares establecidos.
La Disposición 6173/2026 abarca la prohibición de todos los lotes de los productos identificados como limpiadores, desinfectantes y cualquier otro domisanitario de la marca B&T Química que no posean la inscripción obligatoria. Las restricciones específicas impuestas por la autoridad sanitaria son:
- El uso de los productos no registrados.
- Su comercialización en cualquier formato.
- La distribución a nivel nacional.
- Cualquier forma de publicidad asociada a ellos.
- La venta a través de plataformas digitales o de comercio electrónico.
Esta medida preventiva se mantendrá en vigor hasta que los productos en cuestión sean inscriptos conforme a la legislación sanitaria vigente, un requisito indispensable para su reincorporación al mercado legal.
Proceso de Fiscalización y Regularización Parcial
En las etapas iniciales del expediente, la ANMAT verificó que los productos investigados no contaban con registro y, además, no se había podido identificar un establecimiento responsable habilitado para su elaboración o comercialización. Estos hallazgos constituyeron la base para la intervención del organismo.
Con posterioridad al inicio de las actuaciones, la empresa B&T Química S.R.L. procedió a inscribirse ante la ANMAT. Asimismo, comunicó su compromiso con la regularización de la situación de sus productos. En este marco, y según lo establecido en la disposición oficial, la compañía logró registrar únicamente un segmento de sus productos, específicamente aquellos considerados de Riesgo 1. Este grupo incluye limpiadores y suavizantes, los cuales ahora cuentan con la aprobación necesaria para su comercialización.
La autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires, jurisdicción donde la empresa declara domicilio en Llavallol, fue consultada durante el proceso. Dicha entidad confirmó que los productos objeto de la investigación tampoco figuraban registrados en su ámbito de competencia, corroborando la ausencia de habilitaciones a nivel provincial para esos artículos específicos.
La empresa, con domicilio declarado en Llavallol, provincia de Buenos Aires, había respondido a las intimaciones formales emitidas por el organismo. En sus comunicaciones, indicó que se encontraba realizando los trámites necesarios con el objetivo de obtener la regularización de sus productos ante las autoridades competentes.
Fundamentos Sanitarios y Acciones Complementarias
Uno de los aspectos centrales de la resolución emitida por la ANMAT radica en la justificación sanitaria que la sustenta. El organismo afirmó que, al no estar inscriptos los productos alcanzados por la medida, se desconocían sus condiciones específicas de manufactura y formulación. Este desconocimiento se presenta como un factor crítico, ya que impacta directamente en la capacidad de asegurar que los artículos cumplen con los parámetros de calidad, seguridad y eficacia exigidos por la legislación.
Para la ANMAT, la imposibilidad de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de estos productos justificó la adopción de medidas precautorias. Estas acciones tienen como objetivo principal proteger a los usuarios de posibles riesgos asociados a artículos cuya composición o proceso de elaboración no han sido verificados por la autoridad sanitaria. Por consiguiente, se determinó el retiro de los productos no registrados del circuito comercial.
Adicionalmente a la restricción de comercialización y distribución, el organismo regulador dispuso el inicio de un sumario sanitario contra B&T Química S.R.L. Esta acción legal administrativa se emprende por presuntos incumplimientos a la normativa vigente en materia de registro y comercialización de productos domisanitarios. La prohibición aplica exclusivamente a aquellos productos de la marca que no posean el registro sanitario requerido por la ANMAT, lo que subraya el carácter específico y focalizado de la intervención regulatoria.
